Crítica al artículo de Guillermo Gortázar

Voy a hacer una crítica al artículo de Guillermo Gortázar titulado La crisis del Estado de Partidos, publicado en el diario El País, el día 2 de marzo de 2016. El autor es historiador y abogado, militante del PP y fue diputado en la V, VI y VII legislatura. Lo primero que llama la atención del artículo es el título. La expresión Estado de partidos, es conocida por los miembros del MCRC, y de ella va a hablar en el primer párrafo:

Manuel García-Pelayo, primer presidente del Tribunal Constitucional, advirtió, en 1986, en su libro El Estado de partidos, que regímenes plenamente democráticos pueden evolucionar hacia un Estado de partidos.

El Estado de partidos fue el modelo de Estado implantado por Marshall para reconstruir Europa tras la Segunda Guerra Mundial. De Gasperi, Konrad Adenauer y Robert Schuman, incapaces de detener el fascismo, fueron los primeros presidentes de este tipo de régimen. El jurista alemán Leibholz, tras estudiar el Estado de partidos llegó a la conclusión de que eliminaba por completo la representación y conseguía la integración de las masas en el Estado. El sueño de Hitler y Mussolini.

García-Pelayo fue el primer presidente del TC y tuvo una muerte muy triste, padeciendo la maquinaria propagandística del PSOE. Se equivoca en su libro al usar la expresión plenamente democrático. Una democracia es un sistema de poder donde existe representación política y separación de poderes. Por tanto, un país no puede ser «plenamente democrático», o es democrático si cumple las condiciones anteriores, o no lo es. Se consigue la democracia tras un período de libertad constituyente y se plasma en una Constitución, que son las reglas de juego inmutables, fundamentales. Resulta entonces imposible que una democracia evolucione a un Estado de partidos debido, precisamente, a la inmutabilidad de las reglas de juego constitucionales.

El Estado de partidos es una forma oligárquica de gobierno en la que unos pocos partidos políticos acumulan el poder en detrimento de la libertad, la calidad democrática y la representación.

La democracia no admite calidad. O hay democracia o no la hay.

Se caracteriza por la deficiente separación de poderes,

La separación de poderes no admite el calificativo deficiente, o hay separación o no la hay.

escasa representatividad

El Estado de partidos no es que tenga escasa representatividad, es que no tiene nada de representatividad. Los parlamentarios representan al jefe del partido, que es el que los pone en la lista. Además, quien paga, manda. Como los partidos cobran del Estado, quien manda es el Estado. Son estatales y sus miembros, funcionarios.

y controles y una más que holgada financiación pública, lo que les convierte en órganos funcionales del Estado. La corrupción es un síntoma, una resultante del deficiente funcionamiento de los controles y de la división de poderes.

La palabra síntoma viene del griego (sympíptō) que significa caer al mismo tiempo. El síntoma es aquello que sucede a la vez que otra cosa y sirve para detectarla. La corrupción no es que sea un síntoma de la no separación de poderes, sino que es una consecuencia indefectible conocida desde Montesquieu. Como aseguró Antonio García-Trevijano en el año 77 (en el libro La Alternativa democrática), la corrupción es factor de gobierno en el Estado de partidos.

En España, el presidente del partido y del Gobierno ejerce un poder muy superior al de cualquier primer ministro europeo. El presidente del PP o el secretario general del PSOE nombra el Gobierno, elabora las leyes y decretos leyes, las listas de diputados de su partido y hace los nombramientos de infinidad de instancias de poder gubernamental, parlamentario, judicial, económico y de medios de comunicación. En la práctica, hasta 2016, la presidencia del Gobierno, aunque tenga una mayoría minoritaria en el Congreso, ha evolucionado en lo peor de un sistema presidencialista

En el sistema presidencialista sí hay separación de poderes. EEUU es un sistema presidencialista, ¿acaso hay un nivel de corrupción como en España?  Gillermo Gortázar está confundiendo presidencialismo con dictadura.

(sin tener sus aspectos positivos) porque no está mediatizado por elecciones independientes para el Congreso y Senado que pudieran equilibrarlo. En 1994 Javier Pradera señalaba en su libro La corrupción política que “los partidos ya no son representantes de la sociedad dedicados a defender los intereses de sus electores, sino instituciones autónomas que protegen ante todo sus propios intereses”. Debido a una amplia serie de leyes y decretos, el hecho es que la centralidad política del Parlamento, añade Pradera, “ha sido desplazada por los partidos como sede de la toma de decisiones relacionadas con el poder”. Si comparamos el Parlamento español con el británico, el danés o el sueco, solo formalmente España es una monarquía parlamentaria.

Ni siquiera formalmente. El poder en España, no reside en el parlamento, sino en los partidos. Al parlamento se llevan las cuestiones decididas previamente por el gabinete del jefe del partido. Por tanto, en España hay una Monarquía de partidos, no una Monarquía parlamentaria, cuyo único ejemplo existente en el mundo es Inglaterra.

Lo que la élite política española ha construido desde 1977 es un Estado de partidos, que es el que está en crisis en el tiempo presente. La crisis se manifiesta en que ocho millones de españoles han votado de forma que no es posible la investidura del presidente de Gobierno inmediatamente después de celebrarse las elecciones.

Si entendemos crisis como incertidumbre futura, entonces sí, estamos en crisis. Pero si nos atenemos al concepto físico de crisis, un cambio radical producido de manera inesperada y con carácter irreversible, entonces la situación actual no es crítica, porque el régimen del 78 no ha cambiado radicalmente en nada. Además lo que pasa hoy no es inesperado, si hubiera habido 4 grandes partidos hace 10 años, se hubiera producido el mismo escenario, que la Constitución no tenía ni tiene previsto.

La Transición tuvo tres protagonistas: S. M. el Rey, el estratega Torcuato Fernández Miranda y el presidente Suárez, que hizo de puente entre los actores implicados.

El rey no fue protagonista, tuvo un papel pasivo. El nombramiento de Suárez se produjo motivado desde el extranjero y debido a que era menor en edad que el monarca, para dar apariencia de rejuvenecimiento al franquismo.  Entre los protagonistas, se olvida del papel traidor a la ruptura de Santiago Carrillo, que años atrás hablaba fatal de Juan Carlos I, para acabar pidiéndole el Premio Nobel de la Paz y de Felipe González, protegido por el franquismo con el sobrenombre de Isidoro. 

Por el contrario, el Estado de partidos es el resultado de múltiples decisiones políticas y del desarrollo legislativo. La evolución del régimen del 78, por acción o por omisión, es responsabilidad compartida, inicialmente de la UCD, y después, del PSOE y del PP. De un modo acumulativo y unidireccional, los sucesivos presidentes del Gobierno han transformado la definición constitucional de Monarquía parlamentaria en un Estado de partidos escasamente representativo.

El Estado de Partidos no se debe a una transformación de un sistema democrático, porque ya hemos definido antes lo que es una democracia y hemos demostrado que no puede degenerar. El estado de Partidos en España nace al entrar en vigor la Constitución del 78, que imita a la italiana y a la alemana, donde ese tipo de régimen fue implantado tras la segunda guerra mundial.

Es como si el peso del franquismo —el poder concentrado en una persona— gravitara en nuestra democracia 

No es «como sí» el franquismo gravitara. Es que sigue gravitando y pesando, porque no ha habido ruptura. Los partidos son franquistas. En vez de haber un único partido, hay varios que toman el Estado y se reparten el poder y las cuotas de corrupción. Esta gravitación franquista, tambien ha creado un complejo psicológico en todos los partidos, en especial, en los llamados de izquierda y en los separatistas que les hace adoptar posturas radicales, lenguaje y símbolos contrarios al franquismo para ocultar su realidad substancial. 

a pesar del indudable mérito y buenas intenciones de la Transición.

¿cómo va a tener buenas intenciones una constitución oligárquica, hecha en secreto, sin un período de Libertad Constituyente?. Además, conviene advertir que la Constitución no se ha cumplido ni un solo día porque prohibe el mandato imperativo que se incumple en cada sesión parlamentaria. 

La ley electoral, el reglamento del Congreso, la Ley de Partidos, La Ley General del Poder Judicial, la Ley de Financiación de Partidos Políticos y otras han deteriorado la calidad de la democracia.

La democracia no admite calidad. O la hay o no.

Con ocasión de una fuerte crisis económica, ha surgido un movimiento populista —Podemos— y un nuevo partido reformista —Ciudadanos— que están poniendo en cuestión la hegemonía de los dos partidos responsables de la emersión y vigencia del Estado de partidos.

Populista es un sujeto que atiende a las demandas del pueblo sin comprobar si hay suficientes recursos para hacer frente a lo demandado. En este sentido, todos son populistas, también el PP (su partido) que nos ha llevado a tener la mayor deuda de la historia.

De la época de la UCD procede la ley electoral de 1977 y la constitucionalización de la provincia como circunscripción. En 1985, la ley orgánica electoral, elaborada por la nueva mayoría socialista, lo que hizo fue convertir en ley lo que hasta ese momento era un decreto-ley de la UCD. Las elecciones se convierten en una suerte de plebiscito del nombre del líder y de la sigla del partido. La circunscripción provincial reduce al mínimo la representación de los ciudadanos y maximiza el poder del aparato por la designación de los candidatos. En febrero de 1982 se aprobó el reglamento del Congreso que facilita el dominio del Gobierno sobre el Parlamento y limita por completo la iniciativa individual de los diputados. López Santaolalla considera que el reglamento determina “una organización extrema, en el sentido de excesivamente restrictiva, con sacrificio casi completo de las posiciones individuales. Realmente lo que impera es una concepción autoritaria”. El presidente del Congreso podría incluso ser sustituido por un reloj. De ahí el aburrimiento de la presidenta Celia Villalobos que, en vez de seguir el debate y atender las solicitudes de palabra, se entretiene jugando con la tablet al Candy Crush.

En el anterior párrafo, el autor se propone argumentar la degeneración de una supuesta democracia en el 78, que ha dado lugar al Estado de Partidos. Para ello, emplea el hecho de que un decreto ley se convierte en ley, o de que los gobiernos del PSOE tomaron muy malas medidas.

Desconoce o no quiere ver este señor, que esas medidas de las que habla y que han producido el empeoramiento, ya estaban en potencia en la Constitución del 78. Sin separación de poderes, ni representación es natural que el régimen degenere. El partido en el que él milita y del ha formado parte muy importante, no ha hecho nada para evitar esa degeneración, sino que además la ha acelerado notablemente.

Tanto la ley de partidos políticos de 1978 como la nueva ley orgánica de 2002 establecen que “la estructura interna y el funcionamiento de los partidos políticos deberán ser democráticos”. Como la ley no precisa qué entiende por “democracia”, las élites políticas se han dedicado durante los 35 últimos años a reducir los procedimientos de control de los dirigentes y, en muchos casos, a impedir la elección democrática de sus líderes. En el caso del PSOE el debate y la elección del líder en primarias marcan una diferencia positiva en relación al PP, en el que la cooptación y ausencia de debate y control de los órganos de dirección es total.

Los partidos no pueden ser internamente democráticos y así lo demuestra la Ley de hierro de las oligarquías de Robert Michels (1911). 

La justicia en la Constitución está concebida como un tercer poder independiente pero,

En ningún artículo de la constitución se nombra al poder judicial. Sólo se dice que los jueces actuarán de manera independiente en su ejercicio.

en la práctica, el Consejo General del Poder Judicial está parlamentarizado. La Constitución creó un nuevo y costoso organismo, el Tribunal Constitucional, cuyos ritmos temporales de diligencia jurisdiccional responden más a la conveniencia del Gobierno de turno que a una protección efectiva de derechos. Lo que debilita más a esta institución es su manifiesta politización y que sus miembros no son vitalicios. Su mandato dura nueve años y se renuevan por tercios cada tres, produciéndose una permanente negociación sobre los nombres de magistrados cercanos a cada partido.

Recomiendo la TPR y los artículos de Pedro M. González en este diario sobre la justicia.

En el Estado de partidos la lucha política se libra secretamente dentro del partido mucho más que en debates abiertos de interés general ante la opinión pública. La financiación anual de los partidos de 120 millones de euros de los contribuyentes y la capacidad de elaborar las listas electorales son la base del poder del aparato. La crisis del Estado de partidos puede tener una salida positiva si se reforma hacia una Monarquía parlamentaria, como establece la Constitución.

Es decir, que según el autor, en el 78 España era una Monarquía parlamentaria, pero el régimen ha degenerado en el Estado de partidos actual (que él llama, siguiendo a Javier Pradera, Monarquía parlamentaria funcional). Entonces, lo que hay que hacer es reformar el sistema para volver al año 78.

Pero entonces, hay una pregunta lógica inmediata: ¿No se volverá a corromper esa Monarquía parlamentaria como ya pasó en el 78?

Si se mantiene el continuismo, “como siempre”, o se produce un ascenso del populismo rupturista, 

¿Cómo va a ser rupturista si acata las mismas normas que el resto? Desde dentro de un sistema solo puede haber reformas. Esto lo saben perfectamente los físicos. (1ª Ley de Newton).

el régimen del 78 tiene el riesgo de pasar pronto a ser historia.

Ojalá.

 

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